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Carlos M. Adrianzen Cabrera, Economía, USIL

Posiblemente, debido a lo llamativo de este título, más de uno de ustedes, muy estimados cyberlectores, puede estar preguntándose si me convertí a alguna secta o si es que ingresé a ésa ya larga colección de analistas peruanos que –al ponderar la extrema incertidumbre de los actuales panoramas político y económico de la nación- todo lo ven color de hormiga y que ya sólo les falta no salir a la calle (cuando no están haciendo la cola buscando la “visa para un sueño”).

Siento decepcionarlos, pero no es el caso.

Aún parece poco verosímil que la economía peruana regrese al “Futuro Diferente” de los apristas (quizás por que el aludido gobierno podría ser difícilmente superable en términos de incompetencia económica); así como que, para este columnista, el “Sur” o el “Norte” no sólo son categorías geográficas (con realidades económicas incorporadas). Alguno de sus significados se lleva puesto, y tiene que ver con las actitudes y stock de capital humano de cada cual.

Ajustando estos cabos les contaré que el título de este artículo enfoca destacar la importancia de un decreto legislativo de urgencia (ésas leyes que se sueltan en éstos días de alta incertidumbre).

Se trata del dispositivo por el cual el gobierno peruano decide hacer frente al problema de los denominados “bonos” de reforma agraria.

¿Y qué es esto? ¿Qué tiene que ver conmigo?

El asunto se refiere a un esquema de corrección a un viejo problema. Y nos refiere a cambiar bonos sin valor -o sin otro uso relevante muy distinto al de empapelar paredes- hacia otros bonos[i] que se asume tendrían algún valor. Como se ha dicho, estos papeles, herencia legalmente ininteligible de un proceso de reforma agraria abiertamente confiscatoria, tenían -como instrumento financiero- hasta hace pocos días, un valor virtualmente inexistente[ii]. A partir de la publicación de este dispositivo –y de su reglamentación (sí alguna vez se da)- ahora[iii] podrán ser intercambiados por Bonos de Reestructuración Empresarial y realizados a su precio de mercado; o ser empleados para comprar activos en privatización; o ser utilizados como instrumentos de deducción tributaria; o ser usados para comprar terrenos eriazos.

El trasfondo de este dispositivo es muy sencillo. A ciertos ciudadanos peruanos, a los que, hace alrededor de treinta años, el gobierno de facto del General Velasco y sus asociados –administración también reputada por su alta corrupción e ineptitud- les expropiaron sus propiedades (i.e.: fundos) y a quienes se les canceló con instrumentos carentes de valor comercial. La viveza criolla en una de sus más penosas interpretaciones: el socialismo a medias.

Desde entonces todos estábamos de acuerdo en que esto era algo muy –pero muy- parecido a un robo, pero nadie hacia nada. ¡Welcome to Perú¡ podríamos decir...

Y así fue que el actual gobierno –vía este decreto de urgencia- permitiría que estos compatriotas (por años especie de ciudadanos de segunda), recuperen una parte del patrimonio del que fueron despojados “legalmente”.

Algo muy parecido a que a usted, estimado lector, viviendo en una nación tan lejana como institucionalmente débil, alguna administración de ése país mañana más tarde, le expropiase su casa (o alguna propiedad) y le “pagase” con papeles carentes de valor. Y que luego, tres décadas después o tres décadas de soportar gobiernos pusilánimes y cómplices del robo –si todavía usted hubiese optado por quedarse-, alguna nueva administración se animase a reconocer el problema y ofrecerle un esquema de corrección parcial de este abuso.

Esta es justamente historia detrás del problema. Ahora bien, si tratásemos de responder la segunda pregunta planteada párrafos atrás, encontraríamos que obviamente –si usted vive en el país del indómito inca- esta situación lo afectó frontalmente porque la ausencia de derechos de propiedad en el agro empobreció a millones de personas en el agro y fuera de él[iv]. Y quizás también hizo que más de uno de nosotros lea este complicado –de leer- artículo desde algún otro país, lejos y cansado.

Las Reacciones

Pero, aunque esto le parezca increíble, esta medida sí que ha generado críticas amargas...

Y es que el hacer esto en un país donde el éxito empresarial (basado en el esfuerzo privado o en el ahorro) está mal por definición. Por ello, se nos dice que, hacer esto -¡Cuando habrían tantas necesidades pendientes de ser resueltas por el estado peruano¡- es una suerte de pecado.

Pero: ¡Qué peligroso resulta esto! ¡Qué mal precedente!...

Y lo que sería peor: si se percibe que los derechos de propiedad privada en el Perú son nuevamente respetados, hasta la inversión privada –la de los nacionales y de los extranjeros (me refiero aquí a muchos de ustedes que viven en el exterior sí algún día quisiesen regresar a hacer negocios en la vieja casa)- puede regresar y reverdecer el agro nacional.

Pero aquí estaría el quid del asunto: esto sí que sería el fin de los tiempos. Al menos, el fin de tiempos en los que sólo florece la minoría que –desde hace cuarenta años- vive (léase: medra) administrando o recibiendo subsidios arancelarios, crediticios y tributarios, en uno de los agros más atrasados, empobrecidos y parcelizados del globo.

Y como ven, éste decreto podría terminar convirtiéndose en sólo el primer paso...

[I] I.e.: los Bonos de Reestructuración Empresarial, de los cuales -dicho sea de paso- no se habría emitido un solo ejemplar a la fecha.

[II] Configurando así una suerte de robo explícito.

[III] Y sobre la base del valor expropiado en dólares americanos y actualizado a una tasa de interés relativamente baja.

[IV] Es decir: deprimiendo gravemente la inversión privada en el agro se lograba, un poquito de ineficiencia, más un poco de corrupción, más un poco más de pobreza.

 

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