Lima (Peru.com).- El Tratado de Libre Comercio (TLC) suscrito entre Perú y Chile y que entró en vigencia el pasado 01 de marzo está revestido de la mayor constitucionalidad; por lo tanto, el Tribunal Constitucional verificará que este acuerdo cumplió con el trámite correspondiente de aprobación, aseguró el Ministerio de Justicia.
“No creo que haya necesidad de hacer una hipótesis sobre la declaración de inconstitucionalidad del TLC con Chile, puesto que este acuerdo comercial está revestido de la mayor constitucionalidad”, afirmó la ministra de Justicia, Rosario Fernández.
Refirió que el TLC entre Perú y Chile, que modificó el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N° 38 que tenían ambas naciones, fue aprobado en 2006 por el Congreso de la República.
Sin embargo, 40 parlamentarios liderados por el Partido Nacionalista Peruano presentaron hace aproximadamente un mes una acusación constitucional contra dicho acuerdo, alegando que su entrada en vigencia transgrede la Constitución Política de Perú.
Ello debido a que, según este grupo parlamentario, el artículo 56º de la Carta Magna señala que los tratados firmados por Perú deben ser previamente aprobados por el Congreso.
No obstante, la ministra aclaró que el Poder Ejecutivo actuó al amparo del artículo 57° de la Constitución, para declarar la entrada en vigencia del acuerdo comercial con Chile sin la aprobación previa del Congreso.
“El Tribunal Constitucional admitió la demanda el pasado 25 de marzo y ahora lo que hará el Poder Ejecutivo es preparar su propia defensa a fin de rescatar dicha constitucionalidad”, puntualizó Fernández.
Asimismo, recalcó que mientras el Tribunal Constitucional no emita una sentencia en contra, el acuerdo principal disfruta de la presunción de constitucionalidad, porque fue visto por la Comisión de Relaciones Exteriores, así como por la de Constitución del Congreso de la República .
"Además, estas comisiones ya formularon sus pronunciamientos sobre el TLC, dieron cuenta de ello al pleno del Congreso y allí se acabo el trámite."
Explicó que según el Código Procesal Constitucional, el Poder Ejecutivo deberá esperar la notificación del Tribunal Constitucional en la que este organismo le solicitará que formule sus descargos ante la demanda planteada, y luego de ello habrá 30 días útiles de plazo para absolver el texto de la demanda.
“Después, todas las partes involucradas podremos ser convocadas por el Tribunal Constitucional para una exposición de hechos y derechos previa a la emisión de la sentencia correspondiente.”
También destacó la conformación de un equipo legal externo a fin de asumir la defensa del TLC suscrito con Chile, para hacer frente a la demanda presentada contra ese convenio.
Precisó que el Gobierno convocó al ex presidente del Tribunal Constitucional, Javier Alva Orlandini; al jurista Ernesto Blume; y al actual decano del Colegio de Abogados de Lima, Walter Gutiérrez, quienes apoyarán al sector Justicia en la defensa de la validez del tratado.
“Independientemente del trabajo de los equipos internos de defensa legal, hemos considerado entre la Cancillería y el Minjus la conveniencia de convocar a tres expertos importantes para que puedan apoyarnos en esta materia.”
La ministra expuso sobre “Las enmiendas del TLC bilateral, que modifica y sustituye el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N° 38, sus anexos, apéndices, protocolos y demás instrumentos que se hayan suscrito a su amparo”, ante la sesión conjunta de la Comisión de Comercio Exterior y la de Relaciones Exteriores del Congreso.