TERMINOS ECONOMICOS
D
Dax:
Se trata del índice más importante
de la bolsa de Frankfort. Está formado
por la media ponderada de los 30 títulos
de mayor capitalización de los que forman
dicha bolsa.
Débil:
Es la calificación que se hace de los activos
financieros que tienen precios poco estables y
fuerte tendencia a descender, fundamentalmente
referido a las divisas.
Déficit:
Descubierto que resulta en una cuenta, comparando
el activo con el pasivo o los ingresos con los
gastos. También se puede definir como el
resultado de unas cuentas de gastos mayores que
las de ingresos (pérdidas).
Déficit comercial:
Importe de la diferencia originada por un mayor
valor de las compras respecto del valor de las
ventas (pérdidas en ventas).
Déficit de caja:
Insuficiencia de recursos monetarios líquidos
que se produce cuando los ingresos en efectivo
son menores que los gastos en efectivo.
Déficit de explotación:
Importe de la diferencia entre el valor de las
ventas menos los gastos de explotación,
cuantos estos últimos son mayores que los
primeros.
Déficit de la nación por cuenta
corriente:
Situación de la balanza de pagos de un
país en la que los ingresos proporcionados
por las transacciones de la balanza por cuenta
corriente son inferiores a los pagos al exterior
realizados por las transacciones de esa balanza
de operaciones corrientes.
Déficit de tesorería:
Insuficiencia de recursos financieros a corto
plazo como consecuencia de un mayor volumen de
gastos de explotación y de inversión
en comparación con los ingresos y la financiación.
Déficit del Tesoro:
Saldo negativo del presupuesto del Tesoro o presupuesto
consolidado de caja que refleja una situación
en la que las salidas de caja originadas por los
gastos públicos son superiores a las entradas
debidas a los ingresos corrientes del Estado.
Déficit exterior:
Aquella situación en la que los pagos internacionales
que realiza un país son mayores que los
ingresos que en oro y divisas percibe de otros
países. El déficit exterior está
ocasionado por las transacciones internacionales
de un país, tanto por cuenta corriente
como de capital. Por tanto, la medición
y la búsqueda de las causas de un déficit
exterior hay que hacerlo en la balanza de pagos.
El desequilibrio negativo, o el saldo negativo,
de la balanza de pagos indica el déficit
exterior y refleja un empeoramiento en la posición
neta de liquidez internacional de un país.
Para algunas finalidades de estudio, el déficit
exterior puede venir medido por el saldo negativo
de cualquiera de las subbalanzas de la balanza
de pagos. De esta manera puede hablarse de déficit
de la balanza comercial, déficit de la
balanza de servicios, déficit de la balanza
por cuenta corriente, déficit de la balanza
de transferencias o déficil de la balanza
de capital.
Déficit financiero:
Falta de recursos financieros con relación
a las necesidades de financiación.
Deflación:
Proceso en el que el valor de la unidad monetaria
está aumentado a consecuencia de una caída
en los precios. En la práctica constituye
una situación en la que la disminución
de la demanda monetaria global se debe a una menor
producción de bienes y servicios, lo que
provoca una inferior demanda de factores productivos,
una disminución de la renta monetaria y
una caída del nivel general de precios.
Deflactar:
Transformar una magnitud económica expresada
en términos corrientes a los precios de
un año base. El valor de un bien o servicio
es igual al producto de su cantidad por el precio
del mismo (V=QxP), por tanto, la operación
de deflactar consiste en separar o disgregar Q
(la cantidad) de P (el precio). El resultado muestra
pues, el valor real del flujo o fondo correspondiente
a la variable económica considerada, es
decir, el valor a precios constantes.
Deflactor:
Indice de precios utilizado para deflactar una
magnitud o un valor monetarios.
Demanda:
Deseo o plan de adquisición de un bien
o de un conjunto de bienes. En general se admite
que la demanda depende del precio del bien, de
la renta del sujeto y de los precios de los bienes
que son sustitutivos o complementarios del primero.
Demanda agregada:
Conjunto de la demanda dirigida a todos los bienes
existentes en el mercado de una economía
nacional.
Demanda conjunta:
Cuando dos o más bienes son complementarios,
en el consumo o en la producción, se dice
que existe demanda conjunta de ellos.
Demanda de dinero:
Está constituida por tres motivos fundamentales:
1) Basado en la función que tiene el dinero
como medio de cambio. La cantidad de dinero demandada
dependerá de la producción. 2) El
público desea mantener cierta cantidad
de dinero disponible para hacer frente a necesiddes
o gastos extraordinarios.
3) El hecho de que el público mantiene
dinero ocioso que no necesita para transacción
ni por precaución y que no transforma en
activos rentables cuando considera que el tipo
de interés existente es suficientemente
bajo como para esperar que suba en un futuro próximo.
Demanda de liquidez:
Cantidad de activos líquidos que los agentes
económicos desean mantener. La demanda
de liquidez está constituida fundamentalmente
por la demanda de dinero, que es el activo plenamente
líquido.
Demanda derivada:
Demanda que es consecuencia de otra demanda.
Demanda diferida:
Recibe este nombre la demanda no manifestada como
consecuencia de situaciones excepcionales (p.e.
una guerra) y que se manifiesta al término
de las mismas.
Demanda efectiva:
En términos generales, la efectivamente
realizada, que no tiene por qué coincidir
con la planeada. La demanda efectiva es la determinante
del nivel de renta y del volumen de la oferta
global alcanzada.
Demanda elástica:
Aquella que es muy sensible ante variaciones del
precio del bien considerado.
Demanda externa:
Cantidad de bienes y servicios producidos en un
país demandados por residentes en el extranjero.
Demanda final:
La consistente en bienes o servicios para consumo,
inversión, públicos o privados o
para exportación. Desde otro punto de vista,
es igual al gasto bruto de la economía,
o empleo de los recursos.
Demanda global:
En términos agregados, el conjunto de las
distintas demandas de consumo, inversión,
etc.
Demanda inelástica:
Aquella que es poco sensible a las variaciones
del precio del bien.
Demanda insatisfecha:
Aquella parte de la demanda planeada (en términos
reales) en que éste excede a la oferta
planeada y que, por lo tanto, no puede hacerse
compra efectiva de bienes y servicios.
Demanda intermedia:
Conjunto de bienes intermedios demandados como
factores de la producción a los sectores
económicos de un país.
Demanda interna:
Cantidad total de bienes y servicios demandados
por los residentes en un país.
Demanda normal:
Recibe este nombre la demanda, cuando, como es
el caso general, decrece al aumentar el precio
del bien y viceversa.
Demanda planeada:
La que desean los sujetos económicos en
función de sus expectativas de rentas y
de precios.
Deport:
Diferencia entre la cotización al contado
y a plazo de una divisa, cuando la cotización
a plazo de la misma es menor que la cotización
al contado.
Depositante:
Persona que constituye un depósito, entregando
la cosa al depositario, quien asume la obligación
de guardarla y restituirla. Al ser el depósito
un contrato real no se requiere una capacidad
especial en el depositante, y ni siquiera es necesario
que este sea propietario de la cosa depositada.
Depositario:
Persona en quien se deposita una cosa. En el caso
de bolsa, institución financiera que se
hace responsable de la administración y
custodia de los valores de renta fija o variable,
cobrando una comisión por dicha custodia
y encargándose de todo lo referente a ellos:
cobrar dividendos, avisar de ampliaciones, etc.
Depósito:
Contrato mediante el cual una parte (depositante)
entre a otra (depositario), que la recibe, una
cosa mueble con la obligación de custodiarla,
conservarla y restituirla al serle reclamada por
el depositante o por quien tenga derecho a hacerlo.
Depósito a la vista:
Depósito bancario de cuyo saldo puede disponer
el depositante previo aviso.
Depósito a plazo:
Depósito mantenido en una institución
bancaria por una persona o empresa y del que no
puede disponerse hasta después de transcurrido
un período de tiempo o bien después
de notificar, con el preaviso fijado, la intención
de retirarlo.
Depósito administrado:
Depósito en el que no solamente se realizan
los actos de conservación propios de un
depósito, sino además los de administración
que el depósito requiera.
Depósito afecto:
Aquel que sirve de garantía total o parcial
de una obligación contraída por
el titular del depósito o de un tercero
con la entidad depositaria. Suele ser habitual
cuando la solvencia del beneficiario del crédito
es limitada y solicita nuevas operaciones de riesgo.
Depósito bancario:
Modalidad de depósito en la que el cliente
entrega una suma de dinero al banco, formalizándose
la operación y obligándose la institución
a devolverle las sumas recibidas a su requerimiento
o a un vencimiento determinado o bien con un plazo
previo de aviso, según las condiciones
pactadas.
Depósito bloqueado:
Aquel que responde como garantía de obligaciones
contraidas y no cumplidas por el titular del depósito
con la entidad depositaria.
Depreciación:
Pérdida que experimenta una moneda al disminuir
su precio expresado en otras monedas.
Depresión económica:
Fase baja del ciclo económico. Se manifiesta
por una disminución de la tasa de inversión,
que lleva consigo la aparición de paro
masivo y la disminución de la demanda de
bienes de consumo.
Derecho:
Acción que se tiene sobre una persona o
cosa, por la que se puede hacer o exigir algo.
Derecho de braceaje:
Exceso de valor nominal de la moneda acuñada
sobre el intrínseco, del que se beneficia
el Estado emisor con objeto de resarcirse de los
gastos de acuñación.
Derecho de suscripción:
Derecho intangible del que disponen los accionistas
de una sociedad que amplia su cpital y mediante
el cual se les concede el privilegio de poder
suscribir en la nueva emisión un número
de acciones proporcional al de las que posean.
Derecho de tanteo:
Derecho para realizar algo con preferencia sobre
otros.
Desaceleración:
Proceso de disminución transitorio del
ritmo de crecimiento de una magnitud económica,
y que se manifiesta porque en un periodo dado
la tasa de crecimiento es menor que en igual periodo
inmediatamente anterior.
Desactivación:
Proceso de pérdida del ritmo de crecimiento
de una economía, o de algún aspecto
de la misma.
Desbloquear:
Autorizar la utilización o disposición
de los bienes o créditos bloqueados, por
haber desaparecido la causa que impuso el bloqueo
o haber cumplido la pena impuesta por dicha causa.
Descolgado:
Se dice de la situación en la que suele
quedar un inversor cuando se produce una subida
de las cotizaciones en la bolsa y el pobrecito
se encuentra con la cartera sin títulos.
Descontar:
Compra al contado por parte de un Banco de un
crédito no vencido, acreditado en un título.
Descontado por el mercado:
Se usa esta expresión, cuando ante una
noticia confirmada referente a un asunto relacionado
con la bolsa o la economía, el mercado
no reacciona. La razón suele ser debida,
a que el mercado había reaccionado ya previamente
cuando la noticia era solamente un rumor.
Descubierto:
Utilización de fondos más allá
de lo que permite el saldo acreedor existente,
ampliando, de este modo, la dimensión del
depósito previamente realizado. En bolsa
se usa el término para indicar aeuellas
operaciones de compra o venta de títulos,
que se realizan sin fondos para cubrirlas o sin
los títulos en propiedad; se realiza a
muy corto plazo basándose en la esperanza
de acabar la operación con beneficios antes
de que se exija su cumplimentación.
Descuento:
Rebaja, compensación de una parte de la
deuda.
Desembolso:
Entrega de dinero en efectivo como consecuencia
de una compra o una obligación de pago.
Es sinónimo de pago.
Desestatificación:
Privatización de una propiedad estatal.
En este tipo de políticas la propiedad
privatizada normalmente era ya originalmente privada,
tratándose, por tanto, de una reprivatización,
a menudo a favor de los propietarios originales.
Desfalco:
Acción de tomar para sí dinero o
bienes que se tenían bajo obligación
de custodia. Su devolución no aminora la
responsabilidad penal, pero si afecta a la responsabilidad
civil, en función de la cantidad que se
haya restituido.
Desfase:
Periodo de tiempo preciso para que el valor de
una variable económica cambie como respuesta
al cambio experimentado por otra variable con
la que está interrelacionada.
Desmonetización:
Acción y efecto de abolir el empleo de
un metal para la acuñación de moneda.
Quitar a un papel moneda, o a la moneda misma,
su valor legal. Convertir, por fundición,
la moneda en pasta, destinándola a otros
usos.
Despegue:
Momento en el que un país subdesarrollado
inicia un crecimiento apreciable y sistemático.
Desvalorización:
Disminución del valor de una moneda fiduciaria
con relación al oro.
Deuda:
Obligación que uno tiene de pagar, satisfacer
o reintegrar a otro una cosa, por lo común
dinero, o de cumplir un deber.
Deuda consolidada:
Deuda pública a corto plazo convertida
en deuda a largo plazo. Cuando el Estado -deudor-
ve aproximarse la fecha de vencimiento de una
determinada emisión de deuda a corto plazo,
puede convertir esta deuda flotante en otra consolidada,
aplazando esa fecha.
Deuda denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se reserva
la facultad de devolver el capital, aunque no
está obligado a hacerlo.
Deuda desgravable:
Deuda pública con el privilegio adicinal
de que sus propietarios pueden desgravarse de
las cuotas del impuesto sobre la renta o de sociedades,
un determindo porcentaje de los importes invertidos.
Deuda especial:
Deuda pública emitida para atender a una
finalidad específica.
Deuda estampillada:
Deuda pública que se encuentra en poder
de extranjeros y cuyo pago se hace en divisas.
Deuda flotante:
Es la deuda emitida por el Tesoro dentro del ejercicio
de cada presupuesto para atender a las diferencias
de vencimiento entre los créditos activos
y pasivos del mismo. Generalmente se identifica
con la deuda a corto plazo.
Deuda general:
Deuda pública emitida para atender a los
gastos generales del Estado.
Deuda improductiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada
por ella no rinde beneficios.
Deuda inscrita:
Deuda pública que consta en el Registro
Oficial de la deuda. La inscripción puede
ser al portador, nominativa y mixta.
Deuda no denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se compromete
a no devolver el capital, pagando sólo
los intereses.
Deuda perpetua:
Es aquella que no incorpora obligación
de reembolso ni fecha de vencimiento.
Deuda política:
Deuda pública contratada de Estado a Estado.
Deuda productiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada
produce beneficios. Puede ser autoliquidable u
no autoliquidable.
Deuda pública:
Se entiende por deuda pública al conjunto
de los préstamos concedidos al Estado que
han sido documentados en forma de títulos-valores;
títulos en virtud de los cuales el Estado
se compromete al pago periódico de unos
intereses y a la eventual devolución de
los capitales en el caso de que la deuda contraída
tenga carácter de amortizable.
Deuda registrada:
Deuda pública que proporciona al acreedor
un derecho inscrito en el Registro de la deuda,
en lugar de un derecho documentado.
Devaluación:
Disminución del tipo oficial al cual una
divisa es intercambiada por otra. Reducción
del valor de la moneda de un país en relación
con las demás monedas realizada por las
autoridades monetarias de un país.
Devengo:
Momento en el que tiene lugar el nacimiento o
adquisición del derecho a percibir una
cierta cantidad de dinero, bien como retribución
por razón de trabajo o servicio, bien por
otras causas, tales como vencimiento de intereses,
dividendos de acciones, etc.
Diagrama de Hamilton:
Sistema de predicción bursátil en
el que mediante un cuadro o diagrama, se representan
los posibles caminos de las posiciones de dinero
y las posiciones de papel.
Diferencial:
Diferencia existente entre el coste de los fondos
tomados por una entidad financiera y el precio
a que ésta los presta.
Dilución:
Se usa este término en bolsa para indicar
la disminución del valor de las acciones
mediante nuevas emisiones o por la conversión
de obligaciones en acciones. Al haber más,
aunque el beneficio de una sociedad sea el mismo,
el beneficio por acción se reduce al igual
que el dividendo, por lo que el valor de la acción
disminuye.
Dinero:
Es el medio legal para realizar los pagos. Esta
representado por medio de monedas o billetes y
se usa como unidad de medida en las transacciones
económicas. En la bolsa se le da este calificativo
(dinero) a las posiciones de demanda de un determinado
valor.
Dinero barato:
Recibe este nombre un criterio de política
económica derivado del modelo keynesiano,
según el cual el crecimiento económico
se verá favorecido manteniendo un tipo
de interés bajo.
Dinero caliente:
Nombre que recibe, en los niveles de los movimientos
internacionales de capital, aquel que se mueve
con rapidez de un país a otro, y con carácter
fundamentalmente especulativo tratando de aprovechar
ventajas transitorias, referidas por lo común
a las cotizaciones de las distintas divisas.
Dinero en circulación:
Dinero activo en circulación o total monetario
de un país.
Dinero legal:
Recibe este nombre, el dinero al que el Estado
confiere poder liberatorio pleno o limitado (modeda
fraccionaria). La moneda de pleno contenido, la
moneda fraccionaria y los billetes de Banco constituyen,
hoy, el dinero legal de un país.
Directriz acelerada:
Directriz de la misma tendencia que la directriz
principal pero mucho más inclinada y de
una duración equivalente al corto o medio
plazo.
Disponibilidades líquidas:
Conjunto del dinero efectivo en manos del público
y de los saldos de las cuentas corrientes, de
ahorro y de plazo existentes en el sistema financiero
de un país en un momento dado.
Disponible:
En la banca se le llama asi en los créditos,
a la diferencia entre el límite concedido
y la cantidad dispuesta.
Dispuesto:
En la banca se le llama así en los créditos,
a la suma que ha sido utilizada por el deudor.
Diversificación:
Confección de una determinada cartera de
valores, con títulos y países que
no tengan relación entre si, buscando que
un posible descenso en los precios en alguno de
ellos, no produzca consecuencias sobre el resto
de los valores de la cartera.
Dividendo:
Pago, normalmente realizado en efectivo, que una
sociedad efectúa a sus accionistas, de
modo que representa la participación de
éstos en la fracción de beneficios
que el Consejo de Administración acuerda
repartir.
Dividendo a cuenta:
Dividendo repartido antes de terminar el ejercicio,
como anticipo de los resultados que se espera
obtener del mismo.
Dividendo activo:
Dividendo que supone un reparto de beneficios,
o sea, una entrega de dinero a los accionistas.
Dividendo bruto:
Dividendo integro sin tener deducidos los impuestos.
Dividendo complementario:
Dividendo que se distribuye una vez liquidado
el ejercicio económico, como complemento
del dividendo a cuenta.
Dividendo con cargo a reservas:
Expresión utilizada para designar el reparto
de dividendos efectuado en un ejercicio en el
que la empresa no ha obtenido beneficios, distribuyendo
en forma de dividendos los beneficios obtenidos
en períodos anteriores, mantenidos en forma
de reservas en el pasivo del balance de situación
de la misma.
Dividendo en acciones:
Dividendo pagado en acciones de la porpia sociedad,
que, en lugar de repartilo en efectivo, ha hecho
una ampliación con cargo al saldo de pérdidas
y ganancias, procediendo luego a repartir las
acciones de la misma, liberadas, entre los accionistas
en proporción a las acciones viejas poseídas
por los mismos.
Dividendo ficticio:
Dividendo activo distribuido por una sociedad
entre sus accionistas sin que corresponda a un
beneficio real en sus actividades. Este tipo de
dividendos suele tener su origen en un falseamiento
del resultado total de la actividad de la empresa,
debido generalmente a inexactitudes de la contabilidad
y a valoraciones erróneas de los elementos
de activo.
Dividendo neto:
Dividendo al que se le han detraído las
retenciones impositivas que la sociedad pagadora
está obligada a hacer. Representa, si aquél
es pagado en efectivo, la cuota líquida
que el accionista percibe realmente.
Dividendo pasivo:
Desembolsos parciales del valor nominal del título
que se exige a los accionistas.
Dividendo preferente:
Dividendo garantizado a las acciones preferentes
en una sociedad anónima, siempre y cuando
el resultado tras satisfacer los impuestos y dotar
las reservas de contenido obligatorio sea suficiente
para ello.
Dividendo prescrito:
Dividendo activo cuyo importe no ha sido cobrado
por algún accionista dentro de los plazos
marcados por la ley, debido a lo cual ha prescrito
la obligación de pago por parte de la sociedad
y ésta obtiene un beneficio suplementario
análogo al producido con la prescripción
de cualquier otro débito.
Divisa:
Bajo esta denominación se incluyen todos
los haberes cuyo pago se efectúa en el
extranjero. En términos generales se da
este nombre a toda la moneda extranjera.
Divisa convertible:
Una moneda, tiene el carácter de divisa
convertible cuando su poseedor puede cambiarla
con toda libertad a cualquier otra moneda.
Divisa fuerte:
Se da este nombre a aquellas monedas que tienen
un reconocido prestigio por su estabilidad y poder
económico del país emisor y que
por esa causa se pueden guardar sin temor a depreciaciones
o devaluaciones.
Dominio:
Control económico que ejerce una empresa
sobre las actividades de otra en virtud de poseer
una participación mayoritaria en el capital
de esta última.
Dominio circular:
Situación en la que varias empresas forman
un grupo o unidad económica, entre cuyos
componentes existe una situación de dominio
mutuo.
Dominio directo parcial:
Dominio que corresponde a la posesión mayoritaria
de las acciones que formen el capital de una empresa
filial.
Dominio indirecto:
Dominio que una empresa puede ejercer indirectamente
sobre otra por el hecho de poseer la mayoría
del capital de una empresa que, a su vez, participa
mayoritariamente en el capital de la segunda.
Dominio recíproco:
Situación en que una empresa que está
dominada por otra, posee, a su vez, una participación
en el capital de la dominadora.
Dominio triangular:
Dominio que ejercen aquellas empresas que simultanean
el dominio directo con el indirecto.
Donación:
Pasar el dominio o la propiedad de una cosa de
una persona a otra sin recibir contraprestación
alguna.
Dow Jones:
Es el índice más conocido de la
Bolsa de New York. Son tres los índices
Dow Jones existentes, siendo de los tres el más
conocido y al que se refieren generalmente los
inversores en bolsa el Dow Jones de industriales.
1) Dow Jones de transportes: compuesto por los
20 títulos de transporte de la máxima
capitalización.
2) Dow Jones de servicios: compuesto por los 15
títulos de servicios públicos de
la máxima capitalización.
3) Dow Jones de industriales: compuesto por los
30 títulos industriales de la máxima
capitalización.
Con la suma de estos tres se obtiene el Dow Jones
compuesto.
Dumping:
Rebaja violenta y sistemática del precio
de un producto encaminada a dominar, invadir o
destruir un mercado concurrente, sacrificando
los provechos directos y actuales con la esperanza
de lucros futuros e inciertos.
Hay un dumping "ofensivo" o "activo",
cuando se practica para apartar a un concurrente
o destruir un mercado y un dumping "defensivo"
o "pasivo" cuando se realiza con el
propósito de evitar esa desaparición
o esa destrucción por parte de un competidor
agresivo o aventajado.
Duopolio:
Tipo de mercado en que solamente existen dos vendedores
que ofrecen un mismo producto. Es el caso más
sencillo de oligopolio.
Duopsonio:
Situación de mercado en la que existen
solamente dos compradores de un bien o servicio
concreto. Este término es análogo
al de duopolio con la diferencia de que mientras
éste considera el lado de la oferta, en
el duopsonio se considera el lado de la demanda.
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