RECHAZÓ SOLICITUDES
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedentes, por haber sido presentados en forma extemporánea, los pedidos de nulidad de los resultados de los comicios regionales y municipales realizados el pasado 19 de noviembre.
Dichos recursos, presentados luego de la proclamación de los resultados oficiales, cuestionaban esos resultados por "graves irregularidades" como votos golondrinos, fraude en las mesas de sufragios, entre otros.
El máximo organismo electoral desestimó esos recursos bajo el argumento de que debieron ser presentados en los 92 Jurados Electorales Especiales (JEE) antes de la proclamación de los resultados finales.
Sostuvo que el artículo 367 de la Ley Orgánica de Elecciones, los recursos de nulidad en segunda instancia sólo pueden ser interpuestos por los personeros legales de las organizaciones políticas en el plazo de tres días contados desde el día siguiente de la proclamación de los resultados.
Asimismo, según el artículo 364 de la citada norma, solo puede declararse la nulidad de los comicios cuando los votos nulos o blancos, sumados o separadamente, superen los dos tercios del número de votos válidos, o cuando se produzca la inasistencia de más del 50 por ciento de los electores.
El JNE señala que la presentación tardía de impugnaciones y pedidos de nulidad no incluidas en la legislación, en ningún modo afectan y alteran la proclamación de resultados, el proceso de transferencia de la administración municipal ni el inicio de las funciones de las nuevas autoridades.
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