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¿Cree que Alan García sea “el presidente de los ricos”, tal como lo dijo Lourdes Flores?
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Oficializan nuevo Ministerio del Ambiente que supervisará política ambiental |
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(Peru.com: 2008/5/14) El Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo tendrá la función general de diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental.
Así lo estableció el Poder Ejecutivo al oficializar la creación de dicho sector a través de la publicación del Decreto Legislativo Nº 1013 en Normas Legales del diario oficial 'El Peruano'.
La norma que aprueba precisamente la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente precisa que el objetivo de dicha nueva cartera será la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta.
Esto para contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.
La Alta Dirección del Ministerio del Ambiente estará conformada por el Despacho Ministerial y por dos viceministerios: uno de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y otro de Gestión Ambiental.
Asimismo estará integrada por una Secretaría General, una Comisión Multisectorial Ambiental, una Comisión Consultiva Ambiental y un Tribunal de Solución de Controversias Ambientales, cuyas funciones detalladas estarán reguladas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.
Corresponderá al Instituto del Mar del Perú (IMARPE), mantener una estrecha colaboración con dicho ministerio al cual deberá proporcionarle información sobre los recursos hidrobiológicos, según lo estipule la norma reglamentaria del propio citado decreto legislativo.
Por su parte los gobiernos regionales y locales deberán aprobar la creación, el ámbito, la composición y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales (CAR) y de las Comisiones Ambientales Municipales (CAM), respectivamente, correspondiendo al Ministerio del Ambiente apoyar el cumplimiento de los objetivos de tales grupos de trabajo en el marco de la política ambiental nacional y manteniendo estrecha coordinación con ellos.
El Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP) como organismo público ejecutor con personería de derecho público interno estará adscrito al Ministerio del Ambiente, por lo que se relacionará con el gobierno nacional a través de dicho portafolio y directamente con los gobiernos regionales de su ámbito.
Adicionalmente, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI) y el Instituto Geofísico del Perú (IGP) como organismos públicos ejecutores estarán también adscritos al Ministerio del Ambiente, los cuales se regirán por sus normas de creación y otras complementarias.
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