Lima (Peru.com).- Antauro Humala Tasso fue expulsado en cinco oportunidades durante el desarrollo del juicio oral que la Primera Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte de Lima le sigue por los delitos de homicidio calificado, secuestro, rebelión, sustracción de armas de fuego y otros, por el asalto a la comisaría de Andahuaylas, en enero del año 2005.
Las expulsiones se dieron los días 21 de julio y 13 de octubre de 2008, y 23 de febrero, 11 de mayo y 9 de julio del presente año, según Oficio Nº 20-2005-"Principal"-1º SPRCL/MMR, de fecha 13 de julio último, que la mencionada Sala remitió al secretario relator del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Figueroa Bernardini.
En el documento se da cuenta de la "conducta obstruccionista" que Humala Tasso, otros encausados y algunos abogados han evidenciado a lo largo del juzgamiento por la asonada que causó la muerte de cuatro policías y dos etnocaceristas.
En Oficio Nº 20-2005-"A"-1ºSPRCL/JESR, de fecha 20 de abril último, que el Colegiado remitió a Francisco Morales Saravia, secretario general del TC, se señala que la dilación del proceso penal no sólo se debe a que se trata de un caso complejo que inicialmente tuvo 169 procesados.
"Sino también a la concurrencia de una pluralidad de delitos que acarrea una extensa actividad probatoria, y, sobretodo, a la inconducta procesal de Humala Tasso y de su defensa", refiere dicho documento citado por la Corte de Lima.
Asimismo, se da cuenta del proceder "obstruccionista" del procesado, pese a la declaración jurada de fecha 9 de marzo último, en donde se compromete a colaborar con la administración de justicia.
En el documento en referencia también se indica que el juicio seguido a los etnocaceristas se encuentra en la recta final, en etapa previa a la acusación fiscal. Luego vendrán los alegatos de defensa y, finalmente, la lectura de sentencia.
Plazo
En los documentos referidos, así como en el Oficio Nº 20-2005-"A"-1ªSPRCL/MMR, de fecha 14 de julio, dirigido a Juan Vergara Gotelli, presidente del TC, se precisa que la prolongación de la detención preventiva contra Humala Tasso, de 36 a 72 meses, se dictó dentro del plazo legal.
Se señala que la fecha exacta de la detención del cabecilla etnocacerista fue el 3 de enero del año 2005 a las 23:00 horas (ver documento adjunto), mientras que la resolución judicial que prolonga su detención tiene por fecha 3 de enero de 2008; es decir, dentro del plazo de 36 meses.
Se indica, asimismo, que dicha prórroga fue confirmada por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia en resolución de fecha 29 de setiembre del año 2008.
Datos
El proceso penal por el 'Andahuaylazo' se inició el 15 de enero del año 2005 en el 38º Juzgado Penal de Lima, meses después fue trasladado al Juzgado Penal de Andahuaylas y, al resolver la Corte Suprema una excepción de declinatoria de competencia, retornó al 38º Juzgado Penal de Lima.
La etapa del juicio oral, en tanto, se inició el 28 de marzo del año 2008. Inicialmente se juzgó a 169 procesados, pero a fin de abreviar la causa, los magistrados de la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel propiciaron que 135 etnocaceristas se acojan a la Ley de Conclusión Anticipada, por lo que ahora sólo quedan 30 encausados.