Lima (Peru.com).- A partir de enero del próximo año se reiniciarán las revisiones técnicas vehiculares, pero esta vez a nivel nacional y bajo la supervisión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
En la segunda quincena de noviembre, la comuna capitalina derogó la ordenanza 506, que dispone la obligatoriedad de las revisiones técnicas de vehículos como requisito indispensable para circular en Lima.
Del mismo modo, se eliminó la ordenanza 694, que regula el procedimiento técnico y administrativo del Sistema de Revisiones Técnicas Vehiculares y el funcionamiento de las plantas a cargo de la empresa Lidercon; y la 1064, por la cual se modificó el primer cronograma para las revisiones.
Con esto se allanó a la Ley Nro. 29237, norma que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Mediante una resolución publicada en el diario ‘El Peruano’, se establece que los primeros vehículos en pasar por el examen serán aquellos cuyo último dígito de la placa de rodaje es cero y tendrán plazo hasta el mes de febrero.
En los meses de marzo, abril, mayo y junio, deberán pasar la revisión aquellos vehículos cuyo último dígito de la placa de rodaje es 1, 2, 3 y 4, respectivamente.
En julio y agosto le tocará a aquellos móviles cuyas placas tengan como último dígito el número 5 y, finalmente, en los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre serán revisados las unidades que tengan como último dígito de su placa de rodaje los números 6, 7, 8 y 9.
La norma dispone que los vehículos que circulen por las vías públicas terrestres están obligados a someterse y aprobar la inspección técnica vehicular según dicho cronograma, a excepción de los vehículos que cuenten con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular Vigente, los cuales deberán rendir el examen de inspección cuando caduque la vigencia de su respectivo certificado.
También están exonerados los vehículos que se encuentran obligados por la normatividad de la materia a contar con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular para prestar el servicio de transporte terrestre interprovincial regular y especial de personas, y del servicio de transporte de mercancías.