En peru.com
En google
Ajustar Tamaño
Imprimir
Enviar
Comentar (20)
1 Estrella 2 Estrellas 3 Estrellas 4 Estrellas 5 Estrellas
1 votos
martes 13 de enero del 2009
Hora: 08:01

TC: "Despido por embriaguez es desproporcionado e irrazonable"

Tribunal Constitucional
Lima (Peru.com).- Resulta desproporcionado e irrazonable despedir a un trabajador por la concurrencia a su centro laboral en estado de embriaguez si es que dicho sujeto en ningún momento incurrió en algún acto de violencia, injuria o faltamiento de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, del personal jerárquico o de otros trabajadores, ni ha ocasionado daño alguno al patrimonio ni al acervo documentario del empleador.

 Así lo determinó el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia recaída en el Exp. Nº 03169-2006-PA/TC. En consecuencia, para que la sola comisión de la falta grave sobre la concurrencia al centro de trabajo en estado de embriaguez genere el despido del trabajador, éste deberá poseer antecedentes de indisciplina laboral o cometer actos de indisciplina efectivamente, de lo contrario el despido es irrazonable.

“La sentencia del TC omite lo señalado en nuestra legislación y crea un requisito adicional al legal para que opere la concurrencia en estado de embriaguez como causa justa de despido basada en la conducta del trabajador”, sostuvo el laboralista César Puntriano Rosas al analizar el contenido de este polémico fallo.

La ley laboral, explicó, califica como falta grave la concurrencia reiterada del trabajador a su centro laboral en estado de embriaguez, y aunque la misma no sea reiterada, por la naturaleza de la función o del trabajo, dicha situación revista excepcional gravedad.

Además, la PNP debe prestar su apoyo para verificar esta situación, siendo considerada la negativa del trabajador a someterse al dosaje etílico como reconocimiento de su estado de embriaguez, lo que se hará constar en el atestado policial respectivo.

“Es decir, si un trabajador acude a laborar en estado de embriaguez, en forma reiterada o una sola vez, si ello resulta demasiado grave por sus funciones, y la autoridad policial constata dicha situación, el trabajador puede ser despedido.

No existe requisito adicional. A la misma consecuencia se llega si el trabajador ebrio o presuntamente ebrio se niega a pasar el dosaje etílico, conforme lo recoge también la Corte Suprema en la Casación N° 787-2002-Junín”, comentó.

Este fallo –advirtió– está en abierta contravención a la legislación citada contenida en el artículo 25 del DS N° 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
 

Agencia Andina
ATENCIÓN: Evitar realizar ataques personales contra otros usuarios y sea siempre respetuoso y educado. Utilice la opción "Denunciar" (Denunciar) si considera que algún comentario es ofensivo para usted o la comunidad. Cada Usuario es responsable de lo que publica. Peru.com no garantiza la autenticidad, precisión, procedencia y/o licitud de los contenidos publicados por los Usuarios. Para comentar, ingresa con tu cuenta.
Página 1 de 4
luan
Fecha:13/11/2009 10:00:23 a.m.
deberia leer bien, parecen que todos uds son gente de dinero, aqui se ha hecho una injusticia contra una persona humilde de escazos recursos que dedico su vida entera trabajando como barrendero... y ya cuando ya iba a terminar sus años de servicios... lo despiden, que deberia haber sancionada esa falta estoy de acuerdo, pero de que lo despidan aun sabiendo que nunca presento antecedentes iguales, no! me parece injusto, creen que por que es una persona humilde de provincia, pueden hacer con sus derechos los que le venga en gana noo!! eso es injusto, y por esa injusticia me da verguenza este pais.
¿Aprueba este comentario?
9
0
0
jcpimp
Fecha:18/01/2009 03:08:47 p.m.
Quisiera saber que requisitos piden pa ser congresistas o presidentes.
¿Aprueba este comentario?
0
2
0
larsito
Fecha:15/01/2009 10:08:16 a.m.
NOOOOOOOOOOOO, que verguenza en que pais vivimos Dios mio, que clase de autoridades tenemos...Este fallo avala gratuitamente a todos esos borrachos y fumones que van a contaminar el ambiente en sus centro de trabajo y mas peligroso aun que uno de estos empleaditos pasados de copas maneje un carro por el ya cahotico trafico de nuestra ciudad, QUE HORROR, es que nadie puede hacer nada?..Esto me hace concluir que los del TC, son una tanda de borrachos y drogos..............QUE VERGUENZA.
¿Aprueba este comentario?
40
424
0
AZUCENA
Fecha:14/01/2009 05:20:22 p.m.
QUE BIEN,,LOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL,,ES POR ESO QUE EL PERU ESTA COMO ESTA,,CON LOS GENIOS EN LA CORET SUPREMA,,VILLA STEIN,,ALAN ESTA DE URGENCIA PSIQUIATRICA,,
¿Aprueba este comentario?
3
23
0
lalomesias
Fecha:14/01/2009 04:10:44 p.m.
yo les recomiendo leer la sentencia antes de lanzar exabruptos con los magistrados del TC,ya que en este caso en singular lo que ha hecho este supremo tribunal es corregir un abuso de parte de la municipalidad de chorrido que despidio un trabajador que en todo momento reconocio que habia injerido licor en un velorio pero nunca habia mostrado antecedentes de embriaguez,indiciplina o falta alguna.
¿Aprueba este comentario?
176
109
0
»20 comentarios de esta noticia
Email:    Contraseña:
» ¿No tienes usuario? Inscríbete Aquí
Normas de uso
Esta es la opinión de los internautas, no de peru.com
No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes peruanas o injuriantes.
Peru.com se reserva el derecho a eliminar los comentarios.