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miércoles 22 de abril del 2009
Hora: 10:04
Ministerio de Transportes endurece sanciones para conductores ebrios
Lima (Peru.com).- El nuevo Código de Tránsito sancionará a los conductores ebrios que hayan participado en un accidente ocasionando lesiones graves o muerte con una multa de S/. 3500 (1 UIT), la cancelación del brevete y la inhabilitación definitiva para obtener una nueva licencia, además de la retención del vehículo.
Esta misma sanción recibirá el conductor que maneje bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobados ocasionando lesiones graves o muerte.
Asimismo, se sanciona al conductor con S/. 1750 (50 por ciento de UIT), además de la retención del vehículo y el brevete, cuando maneje en estado de ebriedad, y que haya participado en un accidente de tránsito y ocasione lesiones leves.
La misma sanción será impuesta al conductor que maneje bajo las mismas condiciones aun cuando no ocasione accidentes o genere lesiones.
Multas
En el Decreto Supremo se establece también que los conductores deberán pagar S/. 840 (24 por ciento de UIT) por conducir un vehículo de transporte de pasajeros o de carga sin el parachoques delantero o posterior, además de la retención del vehículo.
Por voltear en U sobre la misma calzada, en proximidades de curvas, puentes, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel u otros lugares de riesgos para la seguridad, los conductores recibirán una multa de S/. 840 (24 por ciento UIT) y se les retendrá la licencia.
Los choferes serán sancionados con una multa de S/. 420 (12 por ciento) por estacionar en carreteras sin señalizar el lugar colocando los dispositivos de seguridad reglamentario y se les retendrá la licencia.
La norma señala, además, que por no detenerse antes de la línea de parada o antes de las áreas de intersección de calzadas o no respetar el derecho de paso del peatón, los conductores serán sancionados con S/. 280 soles (8 por ciento de UIT).
Igualmente, serán sancionados con S/. 280 soles quienes conduzcan un vehículo haciendo uso del teléfono celular, radio portátil o similar o cualquier otro objeto que impida tener ambas manos sobre el volante.
Además establece que los conductores recibirán una sanción de S/. 280 soles y la retención del vehículo, por conducir sin portar el certificado del SOAT o que éste no corresponda al uso del vehículo o que se encuentre vencido.
Además, los ciudadanos podrán denunciar una infracción de tránsito ante el efectivo policial tomando una foto o registrando en video las infracciones de tránsito que detecten en las vías, toda vez que se ha detectado que ante la ausencia policial, muchos conductores comenten infracciones al tránsito que quedan impunes.
Sanciones por acumulación de infracciones (sistema de puntos):
Los conductores que infringen en forma habitual las disposiciones de tránsito serán sancionados mediante un Sistema de Puntos, que consiste en otorgar inicialmente 12 puntos a todo conductor e ir descontándoles cierta cantidad de puntos según la infracción cometida (leves: ½ punto; graves: 2 puntos; y muy graves: 4 puntos).
Al momento de perder todos sus puntos, se suspenderá la licencia de conducir por periodos de 6 meses a 1 año hasta la cancelación de la licencia e inhabilitación del conductor. Si no cometen infracciones, recibirán bonificaciones de 2 puntos cada 36 meses.
Registro de Conductores Ebrios o Narcotizados
Se está dotando a las municipalidades provinciales con herramientas informáticas más eficaces para consolidar la información de los infractores al tránsito y poder contar con la misma a nivel nacional, siendo así factible tener el Registro de Conductores Ebrios o Narcotizados actualizada a nivel nacional.
Agencia Andina
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