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Requisitos
para tu Boda Civil
Antes
de pasar por el matrimonio religioso hay que dar el
primer paso por el Registro Civil.
Si
bien no causa la misma emoción, preparación
y cuidado que la ceremonia religiosa, es un paso fundamental
ya que se formaliza la unión de la pareja ante
la Ley Humana.
El matrimonio civil se reserva, por lo general, para
familiares y amigos más íntimos. Es una
unión que se realiza voluntariamente ante las
autoridades civiles, conforme a los principios y normas
de la Constitución Política del Perú.
Para
separar la fecha en el Registro Civil, tienes que saber
primero cúales son los requisitos que te pedirán.
En todos los distritos son los mismos, lo que varía
son los precios y los horarios de las ceremonias. Uno
de los contrayentes debe residir en el distrito en el
que se casarán. El domicilio que declaren deberá
ser el mismo que figura en su D.N.I. En caso contrario,
necesitarán un certificado policial.
Requisitos
imprescindibles:
-Partidas
de Nacimiento originales de cada uno.
-Fotocopias
legalizadas de L.E. o D.N.I. de ambos. Los extranjeros
necesitan pasaporte o carnet de extranjería.
-Ficha
para el Edicto Matrimonial que será publicado
en diarios nacionales. Una vez publicado deberán
llevar también la hoja completa.
-Dos
fotos tamaño carnet.
-Carpeta
Matrimonial.
-Certificado
médico sobre análisis del SIDA y Serológico.
Ambos se obtienen en el hospital o centro médico
que indique la municipalidad.
-Certificado
domiciliario avalado por la policía.
-Presentación
de dos testigos por cada uno de los novios, con D.N.I.
o L.E., mayores de edad y que sean conocidos hace más
de tres años. No pueden ser familiares.
-Pago
para la celebración del Matrimonio Civil. Por
un pago extra los representantes del Registro Civil
pueden ir a otro lugar que tú decidas.
-Fijar
la fecha y hora para la ceremonia civil.
-Los
menores de 18 años deberán presentar,
además, la autorización escrita de los
padres y/o permiso del juez de familia.
-Si tienes más de 35 años y/o eres viudo
deberás firmar una Declaración Jurada
sobre tenencia de hijos y sobre los bienes. Tendrás
que presentar la partida de defunción del cónyuge.
-Si eres divorciado/a deberás firmar una Declaración
Jurada sobre tenencia de hijos y sobre los bienes. También
es necesario presentar copias certificadas de la sentencia
de divorcio y la partida de matrimonio certificada con
la disolución.
Pero
más allá de los requisitos necesarios,
hay que pensar en lo que significa tomar esta decisión.
Significa unirse a la otra persona ante la Ley. Esto
implica tener derechos y deberes para con el otro. El
patrimonio individual pasa a ser un patrimonio conyugal
ante la ley. Es, en esta instancia, donde uno se compromete
ante las autoridades civiles a brindar cuidado, respeto
y fidelidad a nuestra pareja e hijos futuros. Estos
son valores importantísimos para poder tener
una vida familiar feliz.
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