Requisitos para tu Boda Civil

Antes de pasar por el matrimonio religioso hay que dar el primer paso por el Registro Civil.

Si bien no causa la misma emoción, preparación y cuidado que la ceremonia religiosa, es un paso fundamental ya que se formaliza la unión de la pareja ante la Ley Humana.
El matrimonio civil se reserva, por lo general, para familiares y amigos más íntimos. Es una unión que se realiza voluntariamente ante las autoridades civiles, conforme a los principios y normas de la Constitución Política del Perú.

Para separar la fecha en el Registro Civil, tienes que saber primero cúales son los requisitos que te pedirán. En todos los distritos son los mismos, lo que varía son los precios y los horarios de las ceremonias. Uno de los contrayentes debe residir en el distrito en el que se casarán. El domicilio que declaren deberá ser el mismo que figura en su D.N.I. En caso contrario, necesitarán un certificado policial.

Requisitos imprescindibles:

-Partidas de Nacimiento originales de cada uno.

-Fotocopias legalizadas de L.E. o D.N.I. de ambos. Los extranjeros necesitan pasaporte o carnet de extranjería.

-Ficha para el Edicto Matrimonial que será publicado en diarios nacionales. Una vez publicado deberán llevar también la hoja completa.

-Dos fotos tamaño carnet.

-Carpeta Matrimonial.

-Certificado médico sobre análisis del SIDA y Serológico. Ambos se obtienen en el hospital o centro médico que indique la municipalidad.

-Certificado domiciliario avalado por la policía.

-Presentación de dos testigos por cada uno de los novios, con D.N.I. o L.E., mayores de edad y que sean conocidos hace más de tres años. No pueden ser familiares.

-Pago para la celebración del Matrimonio Civil. Por un pago extra los representantes del Registro Civil pueden ir a otro lugar que tú decidas.

-Fijar la fecha y hora para la ceremonia civil.

-Los menores de 18 años deberán presentar, además, la autorización escrita de los padres y/o permiso del juez de familia.

-Si tienes más de 35 años y/o eres viudo deberás firmar una Declaración Jurada sobre tenencia de hijos y sobre los bienes. Tendrás que presentar la partida de defunción del cónyuge.

-Si eres divorciado/a deberás firmar una Declaración Jurada sobre tenencia de hijos y sobre los bienes. También es necesario presentar copias certificadas de la sentencia de divorcio y la partida de matrimonio certificada con la disolución.

Pero más allá de los requisitos necesarios, hay que pensar en lo que significa tomar esta decisión. Significa unirse a la otra persona ante la Ley. Esto implica tener derechos y deberes para con el otro. El patrimonio individual pasa a ser un patrimonio conyugal ante la ley. Es, en esta instancia, donde uno se compromete ante las autoridades civiles a brindar cuidado, respeto y fidelidad a nuestra pareja e hijos futuros. Estos son valores importantísimos para poder tener una vida familiar feliz.

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